La inmovilización impuesta por la policía y la compresión de su cuello fueron "demasiado para Floyd considerando su condición cardíaca", explicó el forense Andrew Baker.
Derek Chauvin. Crédito: Captura digital
Los problemas cardíacos y el uso de drogas no fueron "las causas directas" de la muerte de George Floyd, que sí fue provocada por la violencia de su detención, dijo este viernes el médico forense que realizó la autopsia.
Al término de la segunda semana del juicio al policía Derek Chauvin, acusado del asesinato de Floyd, esta afirmación contradijo la tesis de la defensa del agente.
La inmovilización impuesta por la policía y la compresión de su cuello fueron "demasiado para George Floyd considerando su condición cardíaca", explicó Andrew Baker ante el tribunal de Minneapolis que juzga a Chauvin, un policía blanco de 45 años.
El agente está acusado de haber matado a Floyd el 25 de mayo de 2020, al mantener su rodilla sobre el cuello del detenido durante casi diez minutos.
El afroestadounidense gritó en numerosas ocasiones "No puedo respirar" a los tres policías que lo mantenían acostado boca abajo sobre el asfalto, con las manos esposadas por detrás, ejerciendo presión sobre su espalda, cuello y costillas.
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Para la fiscalía, esta presión fue la que provocó la muerte a Floyd, quien perdió el conocimiento por falta de oxígeno antes de morir.
La escena, filmada en vivo por transeúntes, recorrió el mundo y provocó una enorme ola de protestas antirracistas y contra la violencia policial en todo el mundo.
Floyd, de 46 años, tenía un corazón más grande de lo normal debido a la hipertensión, dijo Baker. "Su corazón necesitaba más oxígeno" porque sus arterias coronarias se habían estrechado, indicó.
El esfuerzo físico y el dolor "desencadenaron las hormonas del estrés, la adrenalina hizo que el corazón latiera más rápido para obtener más oxígeno", pero fue incapaz de seguir el ritmo y se rindió, explicó.
El abogado de Chauvin, Eric Nelson, argumenta que su cliente no causó la muerte de Floyd, que habría sucumbido a una sobredosis combinada con problemas cardíacos.
Se basa en la presencia de fentanilo, un potente opioide, y metanfetamina, un estimulante, descubiertos durante la autopsia. El consumo de fentanilo también puede causar deficiencia de oxígeno al dificultar la respiración, señaló.
El Gobierno nacional oficializó el cierre de fronteras, vuelos suspendidos y medidas sanitarias para viajeros
El Gobierno nacional oficializó hoy la prórroga del cierre de las fronteras del país hasta el 30 de abril, en el marco de las medidas adoptadas para contener la segunda ola de coronavirus, así como ratificó la suspensión de los vuelos provenientes del Reino Unido, Chile, Brasil y México, y amplió los requisitos para el ingreso al país.
Así lo estableció mediante la Decisión Administrativa 342/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro del Interior, Eduardo de Pedro; y su par de Salud, Carla Vizzotti.
Además de prorrogar el cierre de las fronteras, la norma indica que la Administración Nacional de Aviación Civil "mantendrá la suspensión de las autorizaciones que se hubieran dispuesto relativas a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros en vuelos directos que tengan como origen o destino el Reino Unido, y como origen Brasil, Chile, México".
Asimismo, establece que el ministerio de Transporte podrá "ampliar o reducir la nómina de países, o establecer excepciones al presente artículo, con el fin de atender circunstancias de necesidad".
En la misma norma, se disponen asimismo una ampliación de los requisitos para el ingreso al territorio argentino de los operadores de transporte, transportistas y tripulantes.
Para los transportistas extranjeros que ingresen por vía terrestre, se indica que deberán adjuntar a la declaración jurada, el resultado negativo de la prueba para SARS-CoV-2 realizada dentro de las 72 horas que antecedan al ingreso al país.
En tanto, para los transportistas y tripulantes nacionales se establece que deben realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas desde su ingreso al país.
"Quienes resulten positivo en la prueba mencionada deberán realizar a continuación el test de PCR para su secuenciación genómica, según indicación del Laboratorio Nacional de Referencia", se señala.
Para las tripulaciones de buques internacionales compuestas por personas extranjeras, se deberán cumplir con los protocolos que defina la autoridad sanitaria nacional, para asegurar su trazabilidad, y "tienen prohibido su relevo en territorio argentino, debiendo permanecer embarcadas", dice al decisión administrativa.
Por su parte, las tripulaciones de buques internacionales compuestas por personas nacionales o residentes en el país deben someterse a testeos con antígenos dentro de las 72 horas de su regreso al país.
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En el mismo sentido, las tripulaciones aéreas internacionales compuestas por personas extranjeras deben cumplir con los protocolos que defina la autoridad sanitaria nacional, para asegurar su trazabilidad y movilizarse dentro del país bajo la modalidad burbuja, con estricta supervisión de los operadores de transporte respectivos.
Y las tripulaciones aéreas internacionales compuestas por personas nacionales o residentes en el país deben someterse a testeos con antígenos al menos cada 15 días o plazo menor que podrá estipular la línea aérea.
En su artículo 4, la norma indica que la Administración Nacional de Aviación Civil adoptará "los recaudos pertinentes a efectos de mantener un flujo diario de vuelos de ingreso" así como las demás medidas sanitarias exigidas para prevenir y mitigar la propagación de la COVID-19.
Asimismo, el Gobierno nacional reitera en la norma publicada hoy la recomendación de que quienes ingresen en el país -sobre todo los mayores de 60 años o personas pertenecientes a los grupos de riesgo- difieran sus viajes al exterior, cuando no respondan al desarrollo de actividades esenciales.
"La salida y el reingreso desde y hacia el país implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de la Argentina al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma", aclara el texto.
Ratifica además que los viajes grupales de egresados, de jubilados, de estudio, para competencias deportivas no oficiales, de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales se encuentran suspendidos.
En los considerandos de la medida, se indica que "muchos países se encuentran en situación crítica en su sistema de salud, destacándose Brasil con ocupación crítica de unidades de terapia intensiva en la mayoría de sus estados" y se refiere a las "nuevas variantes del SARS-CoV-2, con más transmisibilidad y, potencialmente, más gravedad".
Los docentes suspenderán el dictado de clases los días 8 y 9. En las mismas jornadas hará paro el personal de la administración central, para confluir en la medida dictada por la CGT.
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