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Lunes 28.03.2022 - Última actualización - 7:56
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 AFIP

Se anunció una simplificación en los trámites para que los exportadores pidan reintegros impositivos

La normativa publicada este lunes en el Boletín Oficial; también le permitirá controlar mejor la liquidación de divisas por parte de esas empresas y entrará en vigencia el próximo 1 de julio.

 Crédito: Gentileza
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 AFIP Se anunció una simplificación en los trámites para que los exportadores pidan reintegros impositivos La normativa publicada este lunes en el Boletín Oficial; también le permitirá controlar mejor la liquidación de divisas por parte de esas empresas y entrará en vigencia el próximo 1 de julio. La normativa publicada este lunes en el Boletín Oficial; también le permitirá controlar mejor la liquidación de divisas por parte de esas empresas y entrará en vigencia el próximo 1 de julio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la simplificación de los trámites y la optimización de los controles en el sistema de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los exportadores. Entrará en vigencia el próximo 1 de julio.

 

En ese sentido, explicó que los cambios facilitarán la tramitación de solicitudes de acreditación, transferencia y/o devolución del beneficio fiscal, y que mejorarán la capacidad de coordinación y control entre los distintos organismos del sector público nacional en materia de ingreso y liquidación de las divisas que dan lugar a los beneficios tributarios.

 

"La Resolución General N°5173/2022 publicada este lunes en el Boletín Oficial unifica en el Sistema Integral de Recupero (SIR) los distintos regímenes de devolución de gravámenes. La habilitación del SIR permite mejorar la dinámica de cobro de los créditos fiscales, simplificar los procedimientos para formalizar las solicitudes y optimizar controles sistémicos", detalló la AFIP en un comunicado en el que anunció que "la herramienta entrará en vigencia el 1° de julio".

 

La unificación del SIR complementa los cambios implementados sobre los mecanismos de reintegro en marzo de 2021, cuando el organismo dispuso que los sujetos que solicitan reintegros de IVA por exportaciones debían presentar la documentación requerida por el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales y cumplir además con las obligaciones dispuestas por el Banco Central en materia de ingreso y liquidación de las divisas, entre otros requisitos.

 

"La instrumentación del SIR se realizará en etapas y reemplazará a la normativa vigente de forma plena a partir del 1° de julio. La resolución prevé que entre abril y junio la AFIP recibirá observaciones y sugerencias que surjan de la interacción con el sistema al generar borrador de solicitudes, y aquellas puedan acercar los consejos profesionales, federación de consejos y cámaras empresarias", concluyó la AFIP.

 

 

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