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Miércoles 12.01.2022 - Última actualización - 16:13
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Pasaporte sanitario

Un juez federal rechazó el amparo otorgado a una mujer antivacunas en Mar del Plata

Santiago Martín firmó la resolución y consideró que la medida "es suficientemente proporcional con el fin buscado", en referencia al objetivo de prevenir el contagio del Covid-19. “Estamos frente a una situación de emergencia pública, declarada por el Congreso de la Nación", recalcó.

 Crédito: Pablo Aguirre
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Pasaporte sanitario Un juez federal rechazó el amparo otorgado a una mujer antivacunas en Mar del Plata Santiago Martín firmó la resolución y consideró que la medida "es suficientemente proporcional con el fin buscado", en referencia al objetivo de prevenir el contagio del Covid-19. “Estamos frente a una situación de emergencia pública, declarada por el Congreso de la Nación", recalcó. Santiago Martín firmó la resolución y consideró que la medida "es suficientemente proporcional con el fin buscado", en referencia al objetivo de prevenir el contagio del Covid-19. “Estamos frente a una situación de emergencia pública, declarada por el Congreso de la Nación", recalcó.

El juez federal Santiago Martín rechazó en las últimas horas el recurso de amparo contra el pase sanitario que se había impulsado en Mar del Plata.

 

Para el magistrado, que también debe fallar en relación a la posible vulneración del derecho de las ballenas ante la eventual instalación de plataformas petroleras a 300 kilómetros de la costa, la medida que exige exhibir el esquema de vacunación completo a las personas para asistir a espectáculos públicos en la provincia de Buenos Aires “es suficientemente proporcional con el fin buscado”, en referencia al objetivo de prevenir el contagio del Covid-19.

 

 

 

“Estamos frente a una situación de emergencia pública, declarada por el Congreso de la Nación“, recalcó en su sentencia. Y agregó que el fundamento de la decisión gubernamental es “el acaecimiento de ciertos hechos incontrastables (pandemia del Covid-19 y sus consecuencias) que afectan no sólo a nuestro país, sino también al mundo entero, y que los riesgos detectados por las autoridades sanitarias y gubernamentales, justifican la adopción de determinadas medidas, en razón del intenso interés público comprometido, vinculado a la salud de la población”.

 

 

“Entiendo que las medidas impugnadas resultan idóneas, necesarias y proporcionales, para resguardar la salud de la población”, explicó Martín, y añadió: “No se está obligando a la población a vacunarse, como sugiere la accionante, sino sólo limitando a quienes no posean el ‘pase sanitario’, el acceso a lugares cerrados cuyas actividades conlleve aglomeramiento, y a aquellos que importen la realización de trámites presenciales ante los organismos públicos”.

 

“Más allá de las opiniones personales de la accionante sobre la eficacia de las vacunas, es de público conocimiento, y así lo refieren las resoluciones impugnadas, que la vacunación ha tenido un efecto positivo sobre la salud de quienes se han inoculado“, concluyó el juez Martín.

 
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