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Jueves 04.11.2021 - Última actualización - 05.11.2021 - 15:38
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A través de un comunicado

Sain: diputados y senadores del PJ condenaron la "desviación de poder"

Legislatura provincial. Crédito: ArchivoLegislatura provincial.
Crédito: Archivo

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A través de un comunicado Sain: diputados y senadores del PJ condenaron la "desviación de poder"

Un comunicado que lleva la firma de los diputados Leandro Busatto; Matilde Bruera; Lucila De Ponti; Ricardo Olivera y los senadores Ricardo Kaufmann; Cristina Berra; Marcos Castelló; Marcelo Lewandowski; Alcides Calvo y Eduardo Rosconi señalaron sus reparos a la votación concretada hoy en la Legislatura que separó del cargo a Marcelo Sain como la inhabilitación para acceder al Ministerio Público de la Acusación durante diez años.

 

Señala el escirto que “en el día de hoy, teniendo en cuenta que la medida cautelar presentada por el Dr. Marcelo Sain aún no se resolvió, entendemos que no se podía avanzar sobre el orden del día de la Sesión Conjunta. Ante esa situación, el jefe del Bloque Justicialista de la Cámara de Diputados, Leandro Busatto, solicitó un cuarto intermedio hasta tanto la justicia laboral se expida, garantizando así el debido proceso, la división de poderes y el respeto a las instituciones”.

 

 

 

Agrega que “sin embargo, distintos sectores políticos decidieron avanzar en la destitución. Entendemos que tal determinación no sólo pone de manifiesto la intención de un poder, en este caso el Legislativo, de avanzar sobre los límites de otro poder, el Judicial, sino que además le ocasionará a la provincia graves perjuicios económicos, ante el derecho que le asiste a cualquier ciudadano de recurrir una decisión, que a todas luces se toma ignorando la ley, ante tribunales superiores”.

 

 

Finalmente los legisladores entienden que “que la ley Nº 14.016 constituye un claro ejemplo de “desviación de poder”, ya que su única finalidad fue remover al Director del Organismo de Investigación. Desvirtúa la labor legislativa al utilizar su potestad constitucional de dictar normas de carácter general sólo para afectar a una persona. Por otra parte, la acusación que se hace sobre él, suponiendo que efectivamente haya ocurrido el ejercicio de “actividad política” por la publicación de algunos tuits, no puede de ningún modo implicar la máxima sanción que prevé el ordenamiento jurídico: la remoción del Organismo e inhabilitación para acceder al Ministerio Público de la Acusación durante diez años. La falta de razonabilidad de la pena es evidente”.

 

 
 
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