Los imputados Juan Jesús Fernández (42) y su primo Juan José Navarro Cádiz (25), ambos de la colectividad gitana, continuarán detenidos por los crímenes del diputado Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón.
Juan Jesús Fernández (42) y su primo Juan José Navarro Cádiz (25). Crédito: Captura digital
El Litoral | Telam
La Cámara del Crimen confirmó los procesamientos por "homicidio agravado por alevosía y por placer" para los dos detenidos por el doble crimen del diputado Héctor Olivares y su asesor Miguel Yadón, cometido el 9 de mayo último cuando caminaban en la plaza frente al Congreso, informaron hoy fuentes judiciales.
De esta manera, los imputados Juan Jesús Fernández (42) y su primo Juan José Navarro Cádiz (25), ambos de la colectividad gitana, continuarán detenidos en la causa con esa calificación que prevé una pena de prisión perpetua.
La sala VII, integrada por los camaristas Mariano Scotto, Mauro Divito y Ricardo Pinto, confirmó así el auto de procesamiento dictado el 24 de mayo por el juez instructor, Mariano Iturralde, del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 16. Los camaristas rechazaron las apelaciones que plantearon tanto el abogado de Navarro Cádiz, Ramón Arigós, como el de Fernández, Ramiro Rúa, y avalaron la hipótesis que defendieron durante una audiencia oral el fiscal general Mauricio Viera y la fiscal de instrucción de la causa, Estela Andrades.
Respecto del cuestionamiento que hicieron las defensas en torno al agravante de la alevosía, la Cámara sostuvo en el fallo -al que tuvo acceso Télam- que compartían esa calificación porque Olivares y Yadón "se encontraron en una situación de indefensión tal, que se vieron impedidos de oponer algún tipo de resistencia". Los jueces consideraron que esa "indefensión" fue "aprovechada por los imputados", quienes actuaron "sobre seguro" y "al amparo de la nocturnidad" y que los diez minutos que pasaron "entre que los damnificados iniciaron su caminata hasta que recibieran los disparos" resultan suficientes "para considerar que medió preordenación".
Respecto del agravante del "homicidio por placer", también criticado por los defensores, la sala VII sostuvo que más allá de estar pendientes las pericias psicológicas y psiquiátricas para los imputados, "resulta razonable presumir que el accionar atribuido habría estado guiado por la satisfacción de disparar el arma, que contaba con un dispositivo láser".
También mencionaron los dibujos de figuras humanas con posibles "improntas balísticas sobre la pared de un ambiente" halladas en uno de los domicilios vinculados a Navarro Cádiz, las fotografías que este imputado tenía en su celular posando con armas de fuego y las otras armas y municiones secuestradas en los allanamientos. "Al valorar esta prueba indiciaria se infiere una inclinación hacia el uso de armas de fuego y las prácticas de tiro", señalaron los camaristas.
Al abordar el cuestionamiento que hizo la defensa sobre la coautoría que le fuera asignada a Fernández -quien en sus indagatorias le atribuyó toda la responsabilidad de los disparos a su primo Navarro Cádiz-, los jueces afirmaron que "sin desconocer que no se ha establecido con certeza quién disparó el arma", a este acusado también puede caberle una "participación primaria" que prevé la misma pena, por lo que su rol deberá debatirse en el juicio.
"Aun cuando Fernández no hubiera sido quien accionara la pistola, por su ubicación en el vehículo -del lado de la acera por la que transitaban las víctimas- y la trayectoria de los disparos, como hipótesis mínima, debió correrse y hacer espacio para que se empuñara el arma en la dirección pretendida", dice el fallo.
El crimen de Olivares y Yadón ocurrió el 9 de mayo, cuando salieron a hacer su caminata matutina habitual por la Plaza del Congreso, y a las 6.50, al pasar por segunda vez delante de un automóvil Volkswagen Vento estacionado, les efectuaron varios balazos. Yadón cayó muerto de tres disparos en el lugar, mientras que Olivares recibió un tiro que lo dejó herido de gravedad y falleció a los tres días.
El hecho quedó grabado por cámaras de seguridad que fueron clave para identificar a Fernández -dueño del auto-, y Navarro Cádiz como los autores del hecho. La pistola marca Bersa Thunder calibre .40 con mira láser usada en el hecho fue secuestrada en la casa de Navarro Cádiz. Si bien al inicio se especuló con un crimen vinculado con algún tipo de venganza personal, el juez Iturralde y la fiscal Andrades no encontraron un móvil, ni ninguna relación entre las víctimas y los imputados. "El homicidio debió necesariamente responder al placer derivado de desahogar el instinto de matar sin motivo, o más bien por motivos banales, tales como probar el arma", señaló el juez Iturralde en su procesamiento, donde también destacó que es "difícil encontrar calificativos para tamaño desprecio a la vida humana".
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