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Lunes 01.06.2020 - Última actualización - 20:04
17:13

Ante la cuarentena sanitaria por un caso de coronavirus

La Corte Suprema de Santa Fe dispuso receso administrativo en Villa Ocampo

La medida conlleva suspensión de plazos procesales y audiencias.

 Crédito: Archivo
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Ante la cuarentena sanitaria por un caso de coronavirus La Corte Suprema de Santa Fe dispuso receso administrativo en Villa Ocampo La medida conlleva suspensión de plazos procesales y audiencias. La medida conlleva suspensión de plazos procesales y audiencias.

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dispuso este lunes receso administrativo en todo el ámbito del Distrito Judicial Nro. 17, que comprende a la ciudad de Villa Ocampo, hasta que las autoridades sanitarias competentes, por medio del Poder Ejecutivo Provincial, recomienden su reanudación.

 

La medida fue tomada en consonancia con lo dispuesto por el gobierno provincial, que decretó una nueva “Cuarentena Sanitaria” para la localidad y la vigencia de la prohibición de circular y Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio sin excepciones por un caso de coronavirus.

 

Suspensión de plazos y audiencias

 

Asimismo, la Corte informó que en este periodo quedan suspendidos los plazos procesales en las actuaciones radicadas o a radicarse en las unidades jurisdiccionales de esa sede.

 

 

 

En tal sentido quedan, a su vez, suspendidas todas las audiencias fijadas desde este lunes con excepción de aquellas que, a criterio de la magistratura, podrían provocar la vulneración o pérdida irreparable de derechos para alguna de las partes; o un perjuicio cuya magnitud justifique, por parte del titular del órgano jurisdiccional, hacer lugar a la excepcionalidad aquí dispuesta. En este último caso, las mismas se celebrarán a través de la utilización de los medios tecnológicos disponibles y, de no resultar ello factible, de manera presencial con los debidos recaudos de distanciamiento social e higiene recomendada por los respectivos protocolos de salud vigentes.

 

 

Suspensión del servicio de certificaciones

 

Por otro lado, y en consonancia que lo anteriormente expresado queda a su vez suspendido el servicio de certificaciones que se presta en dicha localidad por parte de este Poder Judicial, exceptuando aquellos casos de urgencia que resulten debidamente acreditados.

 

Modalidad de prestación del servicio de justicia

 

Durante este nuevo periodo, la prestación mínima del servicio de justicia se limitará a la atención de los asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación en el horario de 7.00 a 12.00hs., con las limitaciones dispuestas en el Decreto Provincial Nro. 460/2020.

 

Asimismo, las presentaciones por parte de los profesionales se efectuarán a través de correo electrónico con firma digital, firma electrónica o simple mail, a la dirección del Juzgado que habitualmente se utiliza. Los titulares de cada unidad jurisdiccional podrán requerir en cualquier momento a las partes la presentación de escritos en formato papel o que los originales de documentos se envíen escaneados.

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